Imposible soslayar el tema que trasciende al ámbito público por la
reciente sentencia de la Suprema Corte de Justicia en México, cuyo
resultado es la liberación de una mujer que purgaba una pena de 22 años
de cárcel acusada de infanticidio. Por los medios de comunicación nos
enteramos de su origen indígena y del repudio de su comunidad porque la
gestación que se terminó fue producto de una infidelidad marital. Los
elementos de análisis son múltiples y quiero iniciar por mencionar la
sanción social hacia la “infidelidad” de una mujer, que se exacerba en
comunidades pequeñas y tradicionales, haciendo una pregunta simple: ¿qué
pasa en la misma comunidad cuando se trata de una infidelidad de un
varón?.. probablemente lo levantan en hombros. No existe justificación
racional para conductas tan dispares. Permítame hipotetizar que esa
mujer, a sabiendas del horror y las amenazas que sufriría al hacerse
evidente su “falta”, haya podido acudir a algún servicio de aborto, por
supuesto ilegal en Guerrero, resultando la pérdida de la gestación de
forma tardía (a los cuatro meses, según la prensa) dando como resultado
un feto sin posibilidades reales de sobrevivir y menos en un pueblito de
aquel estado; en esa edad gestacional ocurren los límites de la
viabilidad, aún en los mejores centros perinatales del mundo; pero
aparentemente mi hipótesis no es cierta, la defensa de la mujer insiste
en que el aborto fue producto de las múltiples agresiones físicas que
sufrió la mujer, pero en cualquiera de los dos casos, el feto no hubiera
sobrevivido. Ante los hechos interviene la autoridad “investigadora” y
el forense somete al feto a necropsia, efectuando una antigua maniobra
(descrita a finales del siglo XIX) mediante la cual se sumergen los
pulmones en un balde de agua; el resultado de la misma fue que flotaron,
asumiendo entonces que el feto había respirado fuera del seno materno.
Quizá respiró, pero en esas condiciones es francamente miope, poco ético
y carente de profesionalismo concluir que hubo un crimen. Para colmo la
“culpable” tiene como lengua materna el tlapaneco, no el castellano,
haciendo mucho mas difícil el respeto a sus garantías individuales. Bajo
esas circunstancias fue conducida por la policía judicial ante
múltiples autoridades investigadoras y jurisdiccionales, desembocando en
el surrealista cuadro en su encarcelamiento programado para 22 años.
¿Dónde estaba la autoridad cuando fue agredida esa pobre mujer por su
familia, vecinos y comunidad? ¿Quién la protegía? ¿Quién le brindó
orientación en salud sexual y reproductiva? En ningún lado, no estaban,
se limitaron a estigmatizarla, prejuzgarla y criminalizarla, pero desde
el poder del estado. Éste sí es un crimen perpetrado por los poderes
formales del estado y ella, en todo caso, es una víctima. Termino
preguntando, ¿qué no tienen los policías, ministerios públicos, jueces y
demás funcionarios responsabilidades que no están cumpliendo en materia
de seguridad pública? ¿Por qué dedican su tiempo a perseguir personas
inocentes habiendo tantos criminales libres? Sólo algunas preguntas para
el gobierno constitucional de Guerrero. A ver que contestan.